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Economía

Fiestas Patrias: Sunafil multará hasta con S/ 241.638 a empresas que no paguen por trabajar en feriados

Además, la entidad fiscalizadora recordó que a los ciudadanos que laboren este 28 y 29 de julio les corresponde recibir un pago triple.

Sunafil impone distintas multas y sanciones a las empresas que no cumplen con los derechos laborales de sus trabajadores. Foto. composición de Jazmín Ceras / La República
Sunafil impone distintas multas y sanciones a las empresas que no cumplen con los derechos laborales de sus trabajadores. Foto. composición de Jazmín Ceras / La República

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó que sancionarán a aquellas empresas que incumplan con pagar a los trabajadores que tengan turno este 28 y 29 de julio.

En ese sentido, recordó que las pequeñas empresas que no reconozcan la labor dada por su mano de obra durante los feriados por Fiestas Patrias recibirán una multa de entre S/ 3.542 y S/ 35.190.

Y, en el caso de una no mype, la multa oscila entre S/ 12.098 y S/ 241.638.

“Es importante precisar que el empleador podría optar por otorgar un descanso sustitutorio en lugar de los pagos mencionados. En este supuesto, solo corresponde un día de descanso por el feriado laborado aun cuando este haya coincidido con el descanso semanal”, anotó.

¿Cuánto debo recibir si trabajo en los feriados de 28 y 29 de julio?

Los tres pagos que deben recibir aquellos que trabajen con normalidad en los días festivos corresponden al pago por feriado, por labor efectuada y sobretasa del 100%. El empleado recibirá este pago en caso no se sustituya el día feriado laborado.

Sunafil pone el siguiente ejemplo: Si una persona recibe como remuneración mensual S/ 1.500 (S/ 50 diarios), en caso se trabaje 28 o 29 de julio, le corresponde recibir S/ 150 por cada día.

Aunque en caso de que el empleador dé un día de descanso en sustitución de cada día festivo laborado, ya no recibirá ninguna suma adicional.

“Los trabajadores de la micro y pequeña empresa también tienen derecho a gozar de descansos remunerados en los feriados no laborables”, precisó.

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