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Economía

Impuesto al Patrimonio Vehicular: MEF aprueba Tabla de Valores Referenciales 2022

Este impuesto debe ser pagado durante tres años, contados a partir del año siguiente al que se realizó la primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular. De no realizar esta declaración, se le generará una multa.

Impuesto al Patrimonio Vehicular 2022. Para su cálculo y conocer el valor referencial de su vehículo según las tablas publicadas por el MEF, la SAT tiene una calculadora del impuesto vehicular. Foto: La República
Impuesto al Patrimonio Vehicular 2022. Para su cálculo y conocer el valor referencial de su vehículo según las tablas publicadas por el MEF, la SAT tiene una calculadora del impuesto vehicular. Foto: La República

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la “Tabla de Valores Referenciales de Vehículos” respecto de los vehículos cuyo año de fabricación sea del 2019 al 2021, a fin de determinar la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular correspondiente al ejercicio 2022.

A través de la Resolución Ministerial N° 003-2022-EF/15, el MEF establece que, para efectos de determinar el valor referencial de aquellos vehículos afectos al Impuesto cuyo año de fabricación sea anterior al 2019, se debe multiplicar el valor del vehículo señalado para el año 2021 por el factor indicado para el año al que corresponde su fabricación, comprendido en la siguiente tabla:

Año de fabricaciónFactor
20180,7
20170,6
20160,5
20150,4
20140,3
20130,2
2012 y años anteriores0,1

El valor determinado según el procedimiento indicado en el párrafo anterior deberá ser redondeado a la decena de soles superior si la cifra de unidades es de cinco soles (S/ 5,00) o mayor; o a la decena de soles inferior, si la cifra de unidades es menor a cinco soles (S/ 5,00).

El documento lleva la firma del ministro de Economía y Finanzas, Pedro Francke Ballvé.

Impuesto al Patrimonio Vehicular: ¿Qué es?

El Impuesto al Patrimonio Vehicular, cuyo valor se renueva anualmente, grava la propiedad de los vehículos, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y omnibuses.

Está obligado al pago de este tributo el propietario del vehículo al 1 de enero de cada año, en el que el vehículo deba tributar. Debe ser pagado durante tres años, contados a partir del año siguiente al que se realizó la primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular.

Por ejemplo, si adquiere un vehículo y tiene fijado su domicilio en la provincia de Lima, deberá efectuar el pago hasta el último día hábil de febrero del año siguiente a la adquisición. De no realizar esta declaración, se le generará una multa por declarar fuera de plazo.

Para su cálculo y conocer el valor referencial de su vehículo según las tablas publicadas por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la SAT tiene una calculadora del impuesto vehicular.

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