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Economía

Gratificación en diciembre: si soy nuevo en la empresa, ¿cuánto dinero me corresponde?

Esta es una de las interrogantes más frecuentes acerca del pago de la gratificación. ¿Quieres saber cuánto dinero te corresponde si has ingresado a laborar recientemente? Aquí te contamos todos los detalles.

El pago de gratificación se entrega en los meses de julio y diciembre: Foto: La República
El pago de gratificación se entrega en los meses de julio y diciembre: Foto: La República

Luego de que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) advirtiera a las empresas que el plazo máximo para la entrega de la gratificación por Navidad es hasta el 15 de diciembre, muchos trabajadores formales se preguntan cuánto de dinero recibirán, cuyo monto varía de acuerdo al tiempo de permanencia.

En ese sentido, la suma monetaria no será igual si completaste los seis meses de labores en la empresa o si ingresaste recientemente. Por lo tanto, aquí te explicamos todos los detalles que necesitas saber acerca de este cálculo.

Es preciso señalar que, para el cálculo de la gratificación, se considera el monto de un sueldo íntegro y se suma una bonificación extraordinaria del 9% por el pago de EsSalud sobre dicha gratificación, o de 6,75% en caso de que esté afiliado a una Empresa Prestadora de Salud (EPS).

¿Cuántos meses debo tener en la empresa para recibir una gratificación?

Para percibir una gratificación íntegra, se debe tener, al menos, seis meses en la compañía. Mauricio Matos, associate partner del Área Laboral de EY Perú, precisó que si el trabajador laboró más de un mes y no se encuentra trabajando durante la fecha de pago de la gratificación, “le corresponderá recibir una gratificación proporcional en función a los meses laborados entre julio y diciembre”.

¿Qué sucede con los trabajadores nuevos?

En caso de aquellos que tienen menos de seis meses laborando en una empresa, la gratificación será igual a un sexto de su sueldo por cada mes trabajado, indicó la Cámara de Comercio de Lima (CCL)

Si tengo menos de un mes en la empresa, ¿me corresponde gratificación?

Esta pregunta es muy habitual en la población que labora de manera formal en una compañía; sin embargo, es preciso señalar que se debe tener, como mínimo, un mes de permanencia en la organización.

Mauricio Matos sostuvo que, si el trabajador no laboró el semestre completo, “le corresponderá una gratificación proporcional en función a los meses laborados entre julio y diciembre”.

¿Cómo se realiza el cálculo?

Para poder calcular el monto por gratificación, se toma en cuenta el último salario bruto que percibió el trabajador. A esta cifra, se le adiciona una bonificación extraordinaria del 9% si aporta a EsSalud o 6,75% si se encuentra afiliado a una Empresa Prestadora de Salud (EPS).

EY Perú informa, por su parte, que en el cálculo no se incluye ningún concepto que no sea remunerativo (utilidades, prestaciones alimentarias, movilidad supeditada a la asistencia al centro de trabajo, entre otros), así como tampoco las condiciones de trabajo que son esenciales para la prestación del servicio.

En una sola armada

De acuerdo a las disposiciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, esta gratificación no puede pagarse en partes y/o postergar su fecha de pago; asimismo, con el fin de calcular el monto de dicho beneficio, se va a considerar el sueldo vigente al 30 de noviembre.

“Si la empresa no realiza el desembolso de forma oportuna, está incurriendo en una infracción grave en materia laboral”, manifestó Mauricio Matos.

Sunafil lanza aplicativo Calcula tu grati

Esta plataforma virtual permite a los trabajadores visualizar, de manera referencial, el monto de la gratificación que su empleador debe abonarles.

Para realizar el cálculo, los usuarios deben ingresar al siguiente enlace y seguir el procedimiento descrito en la web:

¿En qué casos puede usarse Calcula tu grati?

Se sugiere utilizar esta herramienta digital para las dos gratificaciones legales, que se otorgan tanto en el mes de julio, por Fiestas Patrias, como en el mes de diciembre, por Navidad.

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