ONP, mayo 2024: cronograma de pagos
Economía

Gaseosas, agua y cerveza sin alcohol que pasen del 5% de azúcar pagarán 25% de ISC

Bebidas que contengan entre 0,5 y 5 gramos de azúcar por cada 100 mililitros seguirán pagando 17% de ISC. Si pasan del 6 gramos, ahora deberán pagar 25%. Empresas deberán bajarle el azúcar a sus productos si quieren regresar al anterior rango.

Los encargados de liquidar el ISC son los fabricantes de los productos sometidos a la gravación del ISC y los importadores de los mismos. Foto: La República
Los encargados de liquidar el ISC son los fabricantes de los productos sometidos a la gravación del ISC y los importadores de los mismos. Foto: La República

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) subió la valla para empresas que ofrecen bebidas azucaradas y cerveza sin alcohol, cuyo pago del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) pasará a ser de 25% si superan los 5 gramos de azúcar por cada 100 mililitros del producto.

De esta manera, el Decreto Supremo Nº 266-2018-EF establece que el agua mineral, gaseosas, cervezas sin alcohol y demás bebidas no alcohólicas con algún nivel de azúcar por encima de este rango estarán sujetas al pago del 25% del impuesto, el cual busca disuadir el consumo de bebidas nocivas para la salud de los peruanos.

En caso la bebida (también con algún nivel de azúcar en su contenido) no supere este rango de 5 g/100ml, solo deberá pagar el 17% de ISC. Cabe precisar que toda bebida con azúcar por encima de los 0,5 de azúcar por cada 100 mililitros paga este impuesto, de acuerdo a la normativa vigente.

Hasta antes de esta actualización, se toleraban 6 gramos de azúcar por cada 100 mililitros para pagar 17% de ISC. Ahora, las empresas envasadoras deberán pagar el 25%, a menos que puedan bajarle el azúcar a su producto. Solo así podrían volver a pagar 17%.

“Quedan exceptuadas aquellas bebidas que cuenten con registro sanitario o autorización excepcional de productos farmacéuticos expedidos de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud (DIGEMID) y las bebidas que cuenten con registro sanitario expedido por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud (DIGESA), clasificadas en la categoría de los alimentos destinados a regímenes especiales”, aclara el Decreto Supremo.

MEF: ISC para la salud de todos

Esta modificación se realiza con la finalidad de adecuar el esquema impositivo a los nuevos parámetros técnicos previstos por el MINSA para considerar a una bebida como “de alto contenido de azúcares totales”. Dicho parámetro, a partir del 17 de setiembre del 2021, redujo el contenido de azúcar de 6 a 5g/100ml.

Bajo este parámetro, la norma publicada lo que hace es actualizar la lista de los bienes afectos, según el nivel de azúcar, de acuerdo a las tasas diferenciadas del ISC. Básicamente, en los niveles de 17% y 25% en el ISC que se aplica a las bebidas rehidratantes, gaseosas y jugos

ISC: ¿Qué es el Impuesto Selectivo al Consumo?

El impuesto selectivo al consumo (ISC) consiste en gravar la venta y la importación de determinados bienes para desincentivar su consumo, pues generarían externalidades negativas, efectos indeseados para la sociedad.

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