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Economía

Turismo: los servicios en los que puedes deducir impuestos

Gastos deducibles pueden llegar hasta el 30%. Beneficia a trabajadores en planilla así como a independientes.

El Bosque de Pómac es uno de los principales atractivos turísticos de Lambayeque. Foto: Andina.
El Bosque de Pómac es uno de los principales atractivos turísticos de Lambayeque. Foto: Andina.

Los gastos en servicios turísticos, servicios de artesanos o actividad artesanal, sustentados en recibos por honorarios electrónicos o boletas de venta electrónicas, también pueden ser parte de la deducción adicional del Impuesto a la Renta a favor de los trabajadores en planilla e independientes, recordó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

Cabe indicar que el tope máximo para dicha deducción adicional es de hasta 3 UIT, quivalente a 13.200 soles, que puede efectuarse por gastos que incluyen, para el 2021 y 2022, los efectuados por servicios turísticos.

Los servicios

Para obtener este beneficio son válidos los gastos sustentados en recibos por honorarios electrónicos, por servicios de guías de turismo, de turismo de aventura, ecoturismo o similares, siempre que el prestador tenga ese rubro como actividad principal o secundaria registrada en su RUC.

También los servicios prestados por artesanos, inscrito en el Registro Nacional de Artesano, a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR). Cabe precisar que en la actualidad existen 20,855 artesanos, asociaciones y empresas de la actividad artesanales registradas con un RUC en todo el país. En ambos casos, el porcentaje del gasto a deducir asciende al 50%.

Los servicios de agencia de viajes y turismo, servicios de agencias operadoras de viajes y turismo, servicios de guías de turismo, servicios de centros de turismo termal y/o similares y servicios de aventura, ecoturismo o similares, como la actividad artesanal tienen un porcentaje de deducción del gasto del 25%.

Otros gastos deducibles

En cuanto a los servicios de hoteles y restaurantes, el porcentaje de deducción del gasto se ha incrementado para los años 2021 y 2022, pasando del 15% a 25%, siempre y cuando el consumo esté sustentando con boleta electrónica, consignando el DNI de la persona; o el número de RUC, en el caso de un extranjero domiciliado en el Perú.

Mantienen su porcentaje de deducción, del 30%, los gastos acreditados con recibos por honorarios electrónicos por servicios profesionales, arte, ciencia, oficios y otras actividades; así como de 30% por arrendamiento o subarrendamiento; y de 100% por aportaciones a EsSalud por trabajadores del hogar.

Cabe indicar que estos gastos deducibles adicionales, se suman a las deducciones al Impuesto a la Renta a la que tienen derecho los contribuyentes que generan renta de trabajo y pueden permitirle reducir el pago de la declaración anual e, incluso, obtener una devolución.

Sunat

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