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Economía

Congreso promulga ley que faculta el retiro de hasta 4 UIT de la AFP

El dictamen fue aprobado por insistencia tras las observaciones del Ejecutivo. Parlamentarios advierten vacancia si es llevado al Tribunal Constitucional.

Con 109 votos a favor, 0 en contra y 3 abstenciones, el Pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia la ley de retiro de las AFP. Foto: difusión
Con 109 votos a favor, 0 en contra y 3 abstenciones, el Pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia la ley de retiro de las AFP. Foto: difusión

Con la firma de la presidenta del Congreso de la República, Mirtha Vásquez, el Legislativo publicó por insistencia la Ley N.º 31192, ley que faculta a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones el retiro de sus fondos, el retiro de hasta 17.600 soles de las cuentas individuales de capitalización de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

La norma plantea que los afiliados podrán presentar su solicitud de retiro dentro de los 90 días calendario posteriores a la publicación del reglamento. El pago se realizará en tres partes, cada depósito constará de hasta 4.400 soles (1 UIT) cada 30 días, el cual será aplicable hasta el segundo desembolso, pues el resto será depositado en la tercera entrega.

Ahora que la ley está publicada en el Diario El Peruano, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) deberá determinar el procedimiento operativo en un plazo no mayor a 15 días.

La Ley N.º 31192 no será aplicable a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.

“El retiro de los fondos a que se refiere la presente ley mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados”, indica el documento.

Retiro AFP: Ejecutivo puede llevar ley al TC

Congresistas de diferentes bancadas han advertido un nuevo proceso de vacancia presidencial en caso de que el Ejecutivo derive la Ley N.º 31192, ley que faculta el retiro de los fondos de AFP, para su revisión en el Tribunal Constitucional.

En la víspera, Cecilia García (Podemos Perú), Fernando Meléndez (Alianza para el Progreso), Wilmer Bajonero (Acción Popular) y José Vega (Unión por el Perú), entre otros, coincidieron en posibles censuras contra ministros que se opongan a un tercer retiro extraordinario de los fondos AFP.

El ministro de Economía, Waldo Mendoza, había recomendado que el dictamen fuera llevado ante el TC porque los fondos de pensiones, según la Constitución, no pueden tener otro fin distinto al de la jubilación. Agregó, además, que existe preocupación de que, en el corto plazo, los 5,5 millones de afiliados se queden sin fondos y “en algún momento volteen al Estado”.

“La propuesta tiene un problema constitucional y es idea del MEF recomendar al presidente (de la República) que esta norma debe irse al Tribunal Constitucional”, precisó la semana pasada.

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