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Economía

Bono de S/ 760 a trabajadores suspendidos

Ampliación. Ejecutivo seguirá otorgando el subsidio a servidores en suspensión perfecta que ganen hasta S/ 2.400.

Este bono está dirigido para quienes reciban un sueldo mensual de hasta S/ 2.400 y laboren en empresas con hasta 100 trabajadores. Foto: difusión
Este bono está dirigido para quienes reciban un sueldo mensual de hasta S/ 2.400 y laboren en empresas con hasta 100 trabajadores. Foto: difusión

Mediante un decreto de urgencia publicado ayer, el Ejecutivo autorizó a EsSalud seguir con el pago del subsidio de S/ 760 a los trabajadores que continúan en suspensión perfecta de labores.

Este bono está dirigido para quienes reciban un sueldo mensual de hasta S/ 2.400 y laboren en empresas con hasta 100 trabajadores.

La prestación económica se otorgará por cada mes en suspensión perfecta, hasta por un máximo de tres meses.

El experto en derecho del trabajo Willman Meléndez recordó que el año pasado se promulgó un primer decreto de urgencia que dispuso el pago de este subsidio a los trabajadores suspendidos, bajo las mismas condiciones, el cual fue aplicable para el 2020. Es así que este nuevo decreto dispone la autorización para el pago durante el 2021.

“Esta norma que entra en vigencia busca pagar durante el 2021. Pero aplica para la suspensión perfecta en general desde el inicio del estado de emergencia”, apuntó.

Meléndez explicó que para el conteo de los tres meses del beneficio se tomaría en cuenta si el trabajador recibió el subsidio el año pasado. Es decir, ya no aplicaría para un trabajador que cobró el bono por tres meses. Pero si solo recibió 1 o 2 meses, puede solicitar para completar el plazo máximo.

“La norma también precisa que si el plazo de la duración de la suspensión perfecta de labores es menos de un mes, el pago sería proporcional, se aplicaría una regla de prorrateo”, concluyó el laboralista.

Para solicitar el subsidio se debe ingresar a la plataforma VIVA EsSalud (ver infografía).

Protección a las gestantes

El Ejecutivo promulgó la norma que dispone que la nulidad de despido a las trabajadoras en periodo de gestación o hasta 90 días después de dar a luz también será aplicable a las personas con contrato temporal (en periodo de prueba) y a aquellas bajo el régimen parcial (de 4 a menos horas diarias).

Bono para trabajadores en suspensión perfecta

Bono para trabajadores en suspensión perfecta

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