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Economía

Dependerá del BCRP desde cuándo rigen los topes a las tasas de interés

Créditos. Congreso promulga ley por insistencia. El Banco Central es el encargado de fijar topes a las tasas de interés de los créditos de consumo menores de S/ 8.800 y préstamos a mypes.

La valoración de la tarjeta de crédito como medio de pago es elevada en Perú, en comparación a otros países de la región.
La valoración de la tarjeta de crédito como medio de pago es elevada en Perú, en comparación a otros países de la región.

Ayer, el Congreso promulgó por insistencia la Ley N° 31143, la cual protege de la usura a los consumidores del sistema financiero.

Con esta norma se le otorga facultades al Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) para que fije tasas máximas de interés en forma semestral exclusivamente para préstamos de consumo igual o menor de 2 UIT (S/ 8.800) y para créditos a mypes.

Las entidades financieras podrán establecer libremente las tasas de interés, pero sin superar el límite; caso contrario serán consideradas de usura y tipificadas como delito. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) será la encargada de supervisar, procediendo a denunciar y sancionar a las que incurran en falta.

¿Desde cuándo regirá?

Aunque la ley no requiere de una reglamentación general, el BCRP es el encargado de establecer el mecanismo para fijar los topes a las tasas de interés. Para ello no se estableció un plazo límite, por lo que quedará en manos del Banco Central desde cuándo rige la medida.

Justamente la semana pasada, el gerente central de Estudios Económicos del BCRP, Adrián Armas, informó que ya se encontraban evaluando la normativa y cómo sería la implementación.

Se espera que hoy el presidente del Banco Central, Julio Velarde, brinde más detalles sobre el tema en la conferencia del Reporte de Inflación marzo 2021.

Para el exjefe de la SBS Juan José Marthans, la medida generaría efectos contrarios al esperado porque fomentaría la usura en el mercado informal. No obstante, para que el BCRP cumpla con la norma, va a tener que evaluar el costo-beneficio y fijar topes con “bastante holgura respecto al promedio actual”.

“El BCRP debe tomarse su tiempo para evaluar cualquier alternativa de establecimiento de topes. Sobre la base del costo medio de créditos de consumo que se identifiquen, hay que establecer una suerte de techo bastante holgado. Cuanto más holgado sea, menos se va a discriminar clientes y menos van a migrar al mercado informal, y se cumpliría la ley con tope y se acabó”, apuntó.

Descontento de usuarios

Marthans indicó que este tipo de normas se generan porque en el mercado peruano hay tasas desde 27% hasta 199% para un mismo producto, lo cual genera descontento en los usuarios y denota falta de transparencia en el mercado.

“Es la consecuencia de que la mayoría de empresas financieras hayan venido ejerciendo de manera abusiva sus atribuciones, particularmente en lo que atañe al cobro de intereses. También es una llamada de atención al BCRP y la SBS por no haber protegido de manera más activa los derechos de los consumidores”, manifestó por su parte Crisólogo Cáceres, presidente de Aspec.

Impulso a la competitividad y transparencia

Juan José Marthans señaló que la SBS debería ser más intensiva en difundir mensualmente las tasas de interés y comisiones que cobran los bancos, para así impulsar la competencia. “Esto se podría superar si es que se aplica algo bien simple: que el costo de crédito sea publicado ampliamente. Hoy no se difunde con fuerza, hay tantos canales de comunicación como las redes sociales”.

Sugirió, además, que la SBS, junto con el BCRP e Indecopi, publique nuevas encuestas acerca de cómo evoluciona la calidad de servicio de cada entidad bancaria.

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