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Economía

El Ejecutivo podría iniciar acciones legales contra ley CAS

Sector público. Viceministra de Empleo, Janet Noborikawa, señaló que el Gobierno evalúa las medidas a tomar. Servir hace precisiones sobre el tema.

Alcance. La ley que incorpora a los trabajadores del régimen CAS establece un período de cinco años para su implementación. Foto: difusión
Alcance. La ley que incorpora a los trabajadores del régimen CAS establece un período de cinco años para su implementación. Foto: difusión

A una semana desde que el Congreso de la República promulgara la ley que elimina progresivamente los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) en el sector público, el Ejecutivo todavía evalúa las acciones legales que tomará respecto a la norma.

“Todavía están en el plazo (el Ejecutivo) para el inicio de las acciones legales correspondientes. Pero hay un punto importante: en países desarrollados existe una carrera administrativa para que las personas puedan formarse en la administración pública y logren la meritocracia para seguir ascendiendo”, dijo ayer la viceministra de Empleo, Janet Noborikawa.

Asimismo, indicó que es la Autoridad Nacional de Servicio Civil (Servir) quien está a cargo de evaluar el impacto de la ley. Cabe indicar que dicha autoridad ya había calificado la norma de inconstitucional considerando que el Congreso no tiene capacidad de gasto, así como tampoco competencia sobre la gestión de los recursos humanos en el Estado, de acuerdo al Tribunal Constitucional.

Vínculo indefinido

A través de un informe, Servir precisó que aquellos trabajadores CAS que al 10 de marzo seguían laborando pasarán a tener contrato indefinido, siempre y cuando cumplan con los requisitos que la ley establece. Por lo tanto, solo podrán ser despedidos por una causa debidamente comprobada.

En tanto, aquellos trabajadores que fueron contratados para labores de necesidad transitoria o suplencia no tendrán carácter indefinido, por lo que su temporalidad estará sujeta a la necesidad de servicios de la entidad. Asimismo, aclararon que la entrada en vigencia de dicha ley no es impedimento para que la entidad desvincule al personal CAS que no haya superado su periodo de prueba.

Excepciones de contrato

Un punto importante que menciona Servir es que, si bien la ley prohíbe a las entidades públicas celebrar nuevos contratos CAS, también contempla excepciones para tres escenarios.

“Podemos identificar que la norma permite tres excepciones: CAS confianza, necesidad transitoria y suplencia”.

Respecto a la migración de los trabajadores CAS al régimen 728 o 276, se hará de forma progresiva respetando el presupuesto de cada entidad.

Consejo Fiscal en contra

Cabe recordar que el Consejo Fiscal se pronunció contra la aprobación de la ley que elimina el CAS, puesto que implementarla aumentaría de manera permanente el gasto público en más de S/ 4.200 millones anuales, es decir, un 30% más al costo de contratación de casi 324.000 empleados públicos.

“Esta iniciativa legislativa, al igual que otras normas que se han promulgado en el último año, contraviene la Constitución Política del Perú”, menciona el CF.

Requisitos para pasar al DL 276 y DL 728

Para incorporarse al régimen 276 o 728, el trabajador CAS debe haber laborado por lo menos 2 años de forma continua o 3 años de modo discontinuo. Además, debe haber estado realizando labores el 10 de marzo.

Se estima que más de 350.000 trabajadores CAS del Estado se beneficiarían con esta norma.

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Licenciado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martin de Porres con especialidad en periodismo escrito y digital. Trabajé antes en la revista Bussines.