ONP, mayo 2024: cronograma de pagos
Economía

Pleno del Tribunal Constitucional debate hoy demanda sobre ley ONP

Quedó al voto. Los magistrados escucharon ayer los sustentos del procurador del Ejecutivo, como de los abogados del Congreso. Hay 4,7 millones de afiliados expectantes.

Audiencia. Presidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma, participa de la reunión virtual de ayer sobre el caso del retiro de los fondos de la ONP. Foto: Andina
Audiencia. Presidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma, participa de la reunión virtual de ayer sobre el caso del retiro de los fondos de la ONP. Foto: Andina

Hoy el Tribunal Constitucional (TC) podría definir el destino de la ley de devolución de aportes en la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Y es que se tiene previsto que en el pleno del TC, que iniciará a las 9:00 a.m. y se realizará de forma privada, los magistrados debatan en torno a la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Ejecutivo contra la ley del Congreso.

De acuerdo a las declaraciones previas del juez Eloy Espinosa-Saldaña, hay la disposición de resolver el caso con prioridad, por lo que hoy mismo los magistrados podrían votar y emitir un fallo.

Si en caso se declarara fundada la demanda, se necesitarían cinco votos como mayoría calificada. Si se alcanzan cuatro votos, aunque sea mayoría simple, la norma seguirá siendo constitucional.

Cabe indicar que son 4,7 millones de afiliados al sistema nacional de pensiones a la expectativa del pronunciamiento del Tribunal. Ayer, decenas de ellos se acercaron con pancartas a la sede del TC para exigir la devolución de sus aportes.

Argumentos

Los magistrados tomarán en consideración los sustentos que presentaron ayer las dos partes: el procurador Luis Alberto Huerta, en representación del Ejecutivo; así como de los abogados apoderados del Congreso, Jesús Llanos Cisneros y José Palomino Manchego.

De acuerdo a la defensa del Poder Ejecutivo, la ley es inconstitucional en su forma y fondo. En principio, porque el Congreso no tiene iniciativa de gasto y, sin embargo, la aprobación de la norma implica un salida del Tesoro Público de S/ 15.900 millones.

Asimismo, rechazó el concepto de devolución de aportes, pues el sistema nacional de pensiones se basa en un principio de reparto solidario. “Todo lo que ingresa inmediatamente se destina al pago de pensiones”.

Además el procurador negó que el Estado esté incumpliendo la ley, pues para reglamentarla primero el Ejecutivo tendría que definir de dónde se obtiene el dinero para financiar las “devoluciones”. “En este momento ese dinero no hay”, enfatizó.

Por su parte, los abogados del Congreso explicaron que la ley cumplió con el procedimiento legal para ser aprobada. Apelaron en que devolver los aportes a quienes tienen más de 65 años y que ya no accederán a una pensión es “garantizar la seguridad social”.

“No se incurre en gasto público porque se ha considerado que los aportes son de quienes aportaron”, señalaron.

Finalmente, el abogado Cesar Abanto, que se presentó como amicus curiae, hizo hincapié en que el fallo podría declarar inconstitucional solo una parte de la ley, a fin de evitar que se perjudiquen los pensionistas de la Ley 19990, que ya recibieron el bono extraordinario.

Se pronuncia la premier

”El Poder Ejecutivo optó por considerar inconstitucional la norma (de la ONP). Hoy (ayer) fue la audiencia pública y confiamos en que haya una pronta resolución (del Tribunal Constitucional). Tenemos la expectativa de que esta resolución zanje la postura constitucional que estamos invocando”, dijo ayer la premier Violeta Bermúdez, durante la habitual conferencia de prensa del Consejo de Ministros de los miércoles.

Reacciones

Luis Alberto Huerta, procurador

“Entre el 2010 y 2019, el Tesoro Público destinó S/ 11 mil millones a la ONP para cumplir el pago de pensiones. Pero ahora quieren que en un solo año se destine S/15 mil millones”.

Eloy Espinosa-Saldaña, magistrado TC

“Hay que tener presente que es una acción de inconstitucionalidad y para declarar fundada la demanda se necesitan cinco votos. Se necesita la mayoría calificada”.

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