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Economía

Congreso prorroga por tres años exoneración de Impuesto a la Renta

Alcanza a sociedades e instituciones religiosas, asociaciones sin fines de lucro, y otros.

La Sunat brindó diversas prórrogas durante el Estado de Emergencia.
La Sunat brindó diversas prórrogas durante el Estado de Emergencia.

Las exoneraciones tributarias contenidas en el artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta tendrá una prórroga hasta el 31 de diciembre del 2023, según lo aprobado esta noche en el Pleno del Congreso con 85 votos a favor, 13 en contra y 15 abstenciones.

José Núñez Salas, vicepresidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera detalló que el fondo de la iniciativa apunta a mejorar los servicios sociales para la comunidad en general, entre otros, a través de la razón social que realizan las sociedades e instituciones religiosas en el país.

Agregó que se busca apoyar las acciones que desarrollan las asociaciones sin fines de lucro constituidas en el país en el país, para permitirles que dispongan de mayores recursos orientados a los programas y proyectos de desarrollo a favor de los sectores de la población con mayores urgencias asistencialistas.

La hoy autógrafa de ley, promovería, además, los créditos de fomento para financiar la ejecución de proyectos o actividades económicas consideradas de interés para el país, como son la construcción de obras públicas o la prestación de servicios públicos del inciso c) del artículo 19.

También, se fomenta la colaboración directa de los organismos internacionales de acuerdos a los tratados suscritos por el Perú, se incentiva el ahorro interno; se promueve el ahorro de personas naturales, sucesiones en divisas o sociedades conyugales, se fomenta el deporte, la colaboración de entidades estatales, organismos internacionales, se incentiva la cultura y se dinamiza la economía, entre otras consideraciones que generan bienestar a la población.

La iniciativa incorpora una disposición complementaria final de transparencia, en la que se establece que la SUNAT publicará la lista de los beneficiarios y el monto del beneficio.

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