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Economía

¿Cómo calcular cuánto pagarán los días feriados 24 y 25 diciembre?

Conoce aquí a cuánto asciendo el pago que deberán recibir quienes trabajen un día declarado feriado.

El 24 y el 31 de diciembre de 2020, se consideran días hábiles para efectos tributarios. Foto: archivo La República
El 24 y el 31 de diciembre de 2020, se consideran días hábiles para efectos tributarios. Foto: archivo La República

El Poder Ejecutivo anunció que el 24 de diciembre es día no laborable compensable, es decir que no es necesario ir a trabajar. Esta medida fue tomada con el fin de reducir la movilización de personas en las calles de nuestro país y así reducir el índice de contagios de coronavirus.

Sin embargo, esta disposición no aplica para todos. Las empresas y trabajadores que presten servicios a la comunidad deberán ejercer sus funciones de forma presencial o remota.

En caso vayas a trabajar días declarados feriados, como Navidad y Año Nuevo, debes tener en cuenta que el pago por laborar en estas fechas es el triple de la remuneración diaria.

¿Cómo pagan en feriados?

Los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores laborar los feriados, sin descanso sustitutorio posterior, deben percibir por cada feriado el triple de su remuneración diaria. Una por el feriado, otra por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber laborado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.

Por ejemplo, si un trabajador gana S/ 50 diarios y decide trabajar un día feriado sin no tomar un día de descanso en reemplazo, entonces recibirá 3 pagos por ese día de trabajo: S/ 50 x 3 = S/ 150.

Este beneficio aplica también para los colaboradores que ejercen labores de manera remota.

Si el trabajador decide acordar con su empleador un descanso posterior percibirá solo doble remuneración: una por el feriado y otra por el trabajo realizado: S/ 50 x 2 = 100.

¿Cómo se pagan los días no laborables?

El Gobierno declaró los días 24 y 31 de diciembre como días no laborables para el sector público. Los empleadores y trabajadores del sector privado pueden acogerse a esta norma.

Para los días no laborables declarados por el Estado hay que tener en cuenta:

  • El 24 y el 31 de diciembre de 2020, se consideran días hábiles para efectos tributarios (trámites en SUNAT, municipalidades, etc.).
  • En el sector público, la forma de compensar los días no laborables será establecida por cada una de las entidades públicas a las que pertenecen.
  • En el sector privado, la compensación de los días no laborables será acordada por el empleador y los trabajadores, de no llegar a un acuerdo, el empleador decidirá la forma de compensar los días no laborados.
  • Los trabajadores del sector privado que laboren los días 24 y 31 de diciembre percibirán su remuneración diaria normalmente, sin sobretasa adicional.

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