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Comisión Multisectorial aprueba proyecto final de nueva ley agraria: conoce los detalles

Con 9 votos a favor y 1 abstención. Nuevo sueldo integral diario pasaría a los 58,77 soles, la tasa de utilidades sería de solo el 5%. Se propone que la vigencia de la norma sea por siete años.-

Foto: composición de Gerson Cardoso/La República
Foto: composición de Gerson Cardoso/La República

Con nueve votos a favor y una abstención del partido Frente Amplio, la Comisión Multisectorial del Congreso aprobó el texto sustitutorio de la nueva ley de promoción agraria, el cual se aplicará a las empresas agroindustriales fuera de Lima y Callao, así como a productores organizados.

Previo al debate final, el secretario general de la CGTP, Gerónimo López, informó que no se les había invitado a participar en las sesiones de la comisión el cual está integrado por José Carlos Oyola, de Acción Popular; Napoleón Puño de Alianza para el Progreso; Cristina Retamozo, del Frepap; Carlos Mesías, Fuerza Popular; María Gallardo de Podemos Perú; Yessica Apaza, Unión por el Perú; José Núñez, Partido Morado; Frente Amplio, Lenin Checco; y Norma Alencastre de Somos Perú.

Tras la votación, el congresista Lenin Checco informó que presentarían un texto en minoría este sábado durante el debate en el Pleno del Congreso.

Régimen laboral

Cabe indicar que la nueva propuesta - al igual que la ley derogada por el Congreso tras el paro agrario en Ica - mantendrá su esquema de incluir un régimen laboral especial, y uno tributario.

Remuneración básica agraria: estará constituida por la Remuneración Mínima Vital (930 soles), más una bonificación especial por el tiempo de traslado al centro de trabajo que equivale al 25%, más la CTS (equivale a 9,72%), y las gratificaciones de Navidad y Fiestas Patrias (16,66% de la remuneración mínima), lo que en total sumaría 1.469,17 soles.

Remuneración básica diaria: son los 1.467,17 soles divididos entre 25, que es el número de promedio mensual de días laborables. Sobre esta remuneración se calcula y paga la CTS, y las gratificaciones de fiestas patrias y de navidad, conforme a sus dispositivos legales. En ese sentido, el jornal diario ascendería a 58,77 soles (ya incluye CTS, gratificaciones y bono de transporte).

En tanto, se aprobó que los trabajadores del sector agroindustrial y agroexportador participan del 5% de las utilidades de sus respectivas empresas, en las condiciones señaladas en el Decreto Legislativo 892. Mientras que, solo mediante negociación colectiva, los trabajadores podrían recibir un bono anual de productividad y competitividad cada vez que se produzca el incremento anual del PBI agroindustrial, conforme a las normas que establezca el reglamento.

Régimen tributario

Las personas naturales o jurídicas comprendidas en esta ley tienen el siguiente régimen tributario: Pagan la tasa del impuesto a la renta conforme a la siguiente gradualidad:

- El año 2021: 15%

- Del año 2022 al 2024: 20%

- Del año 2025 al 2027: 25%

- Del año 2028 en adelante: Régimen general.

Mientras que las empresas que recién inician las actividades señaladas en esta ley y que implica ampliación de la frontera agrícola, esto es incorporación de nuevas tierras a la agricultura, pagan una tasa de impuesto a la renta de 15% desde el año 2021 hasta el año 2027 y a partir del año 2028 en adelante se aplica el Régimen general.

Para la aplicación de este beneficio tributario el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego certifica previamente la ampliación de la frontera agrícola sobre la base del Registro de Catastro de Tierras actualizado. El cambio de cultivo sobre una misma tierra, el cambio de razón social de la empresa o el cambio de la propiedad de la tierra, no aplican para recibir este específico beneficio.

En tanto, se mantendrá el beneficio de la depreciación acelerada, a razón de 20% anual. Esto aplicará hasta el 31 de diciembre de 2025.

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