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Economía

Indecopi confirma sanción de 30 UIT al BBVA por incurrir en actos de discriminación

El BBVA no permitió que una mujer abra una cuenta de depósito a plazo fijo con tasas promocionales por motivos de origen o procedencia.

En caso de ser víctima de publicidad engañosa, el consumidor puede iniciar una acción regular ante Indecopi. (Foto referencial)
En caso de ser víctima de publicidad engañosa, el consumidor puede iniciar una acción regular ante Indecopi. (Foto referencial)

La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Tribunal del Indecopi confirmó en segunda y última instancia administrativa, una sanción de 30 UIT – 129 mil soles - al Banco BBVA Perú S.A por incurrir en actos de discriminación y brindar un trato diferenciado a una consumidora por no haber nacido en el Perú.

La resolución N°2037-2020/SPC-INDECOPI precisa que la afectada solicitó la apertura – vía banca por internet – de una cuenta de depósito a plazo fijo con tasas promocionales, pero fue rechazada porque su país de nacimiento no era el Perú, pese a que poseía la nacionalidad peruana y su respectivo DNI.

Ello, según Indecopi, vulnera el artículo 38° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Si bien las entidades del sistema financiero cuentan con la facultad de decidir contratar o no con los usuarios, agrega la SPC, no puede colisionar con los derechos tutelados en las normas de protección al consumidor, como el derecho a no ser discriminado.

Por lo tanto, como medida correctiva al BBVA abstenerse inmediatamente de rechazar solicitudes de apertura de cuentas bancarias sin que medien razones objetivas para su justificación.

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