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Economía

Sunat: Empresas podrán fraccionar deudas tributarias hasta el 30 de setiembre

El aplazamiento de la deuda le permite pagarla luego de su vencimiento y hasta por 6 meses posteriores.

La devolución de impuestos iniciará el 13 de abril de 2020. Foto: Difusión
La devolución de impuestos iniciará el 13 de abril de 2020. Foto: Difusión

El miércoles 30 de septiembre vence el plazo para que las empresas puedan solicitar el fraccionamiento de la deuda tributaria que mantienen con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), recordó la Cámara de Comercio de Lima.

Para acceder a dicho beneficio, los contribuyentes deberán solicitarlo vía online. Previamente, deberá reunir una serie de condiciones y cumplir con ciertos requisitos.

Cabe indicar que el aplazamiento de la deuda le permite pagarla luego de su vencimiento y hasta por 6 meses posteriores. De otro lado, el fraccionamiento divide su deuda en hasta 36 cuotas según el monto pendiente de pago.

Lo que debe saber

1. Deudas materia de acogimiento.- Solo pueden acogerse al Régimen de Aplazamiento o Fraccionamiento (RAF) los siguientes tipos de deudas tributarias: (i) Las administradas por la Sunat, vencidas y pendientes, hasta la fecha de presentación de la solicitud; (ii) Los saldos de aplazamientos o fraccionamientos pendientes de pago, a la fecha en que se presenta la solicitud y (iii) Todas las deudas tributarias, sin importar si se encuentran en cobranza coactiva o impugnadas, o si le han notificado una orden de pago, resolución de determinación, resolución de multa u otras resoluciones emitidas por la Sunat.

2.Las condiciones para el acogimiento son:

Haber presentado las declaraciones mensuales IGV - Renta correspondientes a los períodos tributarios marzo y abril de 2020.

  • Si genera rentas de 3ra categoría, obtiene ingresos gravados considerados de 3ra, o percibe rentas de otras categorías a la vez.
  • Para acogerse al beneficio, el contribuyente debe acreditar que se han reducido sus ingresos netos mensuales acumulados de los periodos tributarios de marzo y abril del 2020, en comparación con los mismos periodos del año 2019.
  • No tener un saldo mayor a 215 soles en tu cuenta de detracciones, ni tampoco ingresos como recaudación pendiente de aplicación al día hábil anterior a la fecha de presentación de la solicitud RAF.
  • Haber presentado todas las declaraciones que correspondan a la deuda tributaria por la que solicita el RAF, excepto cuando la deuda está contenida en una resolución de determinación de la SUNAT y si se trata de cuotas mensuales del Nuevo Régimen Único Simplificado o saldos de aplazamientos y/o fraccionamientos anteriores que podría acoger al RAF.

3. Requisitos básicos para acogerse al RAF: Contar con número RUC activo, Clave SOL de Sunat. Si no cuenta con ella, puede obtenerla vía online; entregar o formalizar una garantía, cuando la deuda supere 120 UIT, de ser el caso.

Antes de solicitar el beneficio tomar en cuenta:

  • Debe solicitar su deuda personalizada en Sunat Operaciones en Línea, elige ‘Mi fraccionamiento’, seguido por ‘Solicito Fraccionamiento RAF’, ‘Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento-RAF’ y ‘Generación de pedido de deuda’, en ese orden. Luego, seleccione su tipo de deuda (del Tesoro Público, EsSalud, Aduanas o Pagos a cuenta 2020) y ‘Enviar solicitud’. Tenga en cuenta que debe hacer este pedido el mismo día de su solicitud RAF, uno por cada tipo de deuda que tenga.
  • En seguida, tramite su aplazamiento o fraccionamiento. Vuelva al menú principal y elija ‘Mi fraccionamiento’, seguido por ‘Solicito Fraccionamiento RAF’, ‘Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento-RAF’ y ‘Formulario Virtual 1704 Solicitud Fraccionamiento RAF’, en ese orden. Tras acceder a ‘Elaborar solicitud’, ingrese a ‘Otras deudas’. Ahí, debe indicar el tipo de deuda, periodo, código de tributo, valor o infracción, número de orden de declaración jurada (si corresponde), entre otros conceptos que te indicará la plataforma. Elija ‘Aceptar’ para ingresar la deuda.
  • Finalmente, indique si se trata de aplazar, fraccionar o “aplazar y fraccionar” la deuda. Señale el número de meses en caso de aplazamiento y la cantidad de cuotas y meses en caso de fraccionamiento. En caso corresponda, seleccione el tipo de garantía con el que cuenta y su monto en soles. Luego, acepta y graba, según le indique el sistema Sunat.

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