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Economía

Bono Familiar Universal: ¿Cómo se creará la Cuenta DNI para cobro del segundo subsidio?

El presidente Martín Vizcarra anunció este jueves que se abrirá una cuenta básica de ahorro individual y digital, denominada Cuenta DNI, para toda persona natural mayor de edad, con el fin de agilizar la entrega del segundo bono de 760 soles.

Bono familiar universal
Bono familiar universal

‘‘La Cuenta DNI (se dará) de manera masiva, automática y gratuita para toda persona natural mayor de edad y que cuente con su documento nacional de identidad sin necesidad de celebración previa de un contrato’‘, dijo este jueves el presidente Martín Vizcarra, de cara a la próxima entrega del segundo Bono Familiar Universal de 760 soles, el cual comenzará a repartirse desde el próximo mes de setiembre.

A través del Decreto de Urgencia N° 098-2020 publicado esta noche en El Peruano, en donde se precisa la extensión del subsidio, uno de los artículos detalla cómo se crearán estas cuentas.

  • En primer lugar, el Banco de la Nación está facultado a abrir una cuenta básica de ahorro individual y digital denominada Cuenta DNI, de manera masiva, automática y gratuitamente a toda persona natural mayor de edad y que cuente con DNI, sin necesidad de la celebración previa de un contrato de aceptación por parte de dicha persona, que reciba cualquiera de los referidos subsidios, y conforme a Reniec, esta Cuenta DNI debe encontrarse vinculada al número de documento de su titular.
  • Así, Reniec remite al Banco de la Nación los datos personales del titular de la Cuenta DNI: Nombres y apellidos completos, número de DNI, domicilios y/o cualquier otro dato estrictamente necesario para aperturar la cuenta.
  • La validación de la identidad del titular de la Cuenta DNI se realiza a través de Reniec, aunque el Banco de la Nación podrá recurrir a otro mecanismo de validación si lo considera necesario.
  • Además, el Banco de la Nación solicita a Osiptel validar que el número de teléfono móvil corresponda al titular de la Cuenta DNI, por lo que se autoriza al organismo supervisor de las telecomunicaciones proporcionar al Banco de la Nación los datos del titular del teléfono móvil, código de operador telefónico y fecha del contrato, entre otros que resulten necesarios.
  • Finalmente, cuando el titular de la Cuenta DNI requiera utilizarla, deberá proceder a su activación previa ingresando a los canales de atención digitales que el Banco de la Nación ponga a disposición.
  • Cabe resaltar que en caso no llegue a activarse en un plazo establecido por el banco, este último se encuentra facultado a cargar el subsidio que entregue el Gobierno a disposición del beneficiario por cualquier canal de atención alternativo.

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