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Economía

Tarjetas de crédito: Proponen regular las tasas de interés en el sistema financiero

Bancada de Podemos Perú también busca que se prohíba el cobro de comisiones por operaciones en ventanilla, evaluación crediticia, entre otros. Conoce los detalles.

Asbanc
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A través de un proyecto de ley, la bancada de Podemos Perú ha propuesto la regulación de los intereses de las tarjetas de crédito, al así como prohibir el cobro de comisiones para algunas operaciones administrativas que realizan los bancos.

Bajo el título “ley contra los intereses leoninos de las tarjetas de crédito de consumo y contra el abuso bancario” -ingresado este lunes al Congreso-, proponen que “las empresas del sistema financiero señalen libremente las tasas de interés” (...) “basados en factores justos, equitativos y libres de usura".

Mientras que para el cobro de tasas de interés relacionadas con las tarjetas de crédito, el proyecto contempla que:

1. La tasa de interés de las tarjetas de crédito no podrá exceder cuatro veces el promedio de tasas pasivas a promedio vigentes en el mercado.

2. Las comisiones y gastos deben estar conciliadas con las asociaciones de usuarios y avaladas por la SBS.

3. La tasa de interés moratorio no excederá del 30% anualizado de la tasa de interés activa.

Tarjetas de crédito: Proponen regular las tasas de interés en el sistema financiero

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Comisiones prohibidas

De otro lado, el proyecto de autoría del congresista también propone que las empresas del sistema financiero no trasladen algunos costos a las personas naturales.

En ese sentido, señala que las entidades no cobren por evaluación crediticia del usuario, así como tampoco por los gastos de notaría por créditos hipotecarios, para lo cual la SBS deberá poner en su plataforma virtual los contratos que se registren.

Asimismo, tampoco podrían cobrar por las gestiones asociadas al levantamiento de garantía, operaciones en ventanilla, retiro de dinero en los cajeros automáticos. También estará prohibido “negar créditos por razones económicas cuando no se cuente con na sentencia judicial o resolución de la SBS que así lo indique”.

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