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Economía

Si hago trabajo remoto por Semana Santa, ¿debo recibir un pago triple?

Ante la pandemia, se implementó una nueva forma de laborar para evitar la propagación del COVID-19. ¿Influye el teletrabajo o trabajo remoto en los pagos adicionales por “feriados”?

Trabajo remoto
Trabajo remoto

Ante la pandemia del COVID-19, el Gobierno decretó el trabajo remoto o teletrabajo como medida de contención para contrarrestar la propagación de esta enfermedad en el país y también como forma de preservar los empleos.

Sin embargo, se aproximan los feriados por Semana Santa y los trabajadores que laboran desde su hogar se preguntan si no permanecer en sus oficinas influirá sobre los pagos adicionales que deberían recibir por laborar en estas fechas.

Al respecto, el abogado laboralista, Jorge Toyama, señaló que los trabajadores del sector privado que laboren los días feriados por Semana Santa percibirán un triple pago.

En tal sentido, Toyama explicó que si el trabajador labora el jueves o viernes santo, sin descanso sustitutorio, percibirá una remuneración diaria por el feriado, una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración adicional por haber laborado en día feriado.

En ese caso, si un trabajador tiene una remuneración mensual de 1.500 soles. Tomando en cuenta que por cada día gana 50 soles diarios. Y decide laborar en feriado, es decir, jueves y viernes, tendrá que recibir 150 soles por cada día. Es decir, 50 soles por ser feriado, 50 soles por laborar en feriado y otros 50 soles por laborar en feriado. Si labora los dos días recibiría 300 soles. En total, su sueldo sería de 1.800 soles.

Por su parte, el exviceministro de Empleo, Fernando Cuadros, señaló que los pagos se darán de manera regular y que no habría por qué afectar esta nueva modalidad de empleo. Asimismo, afirmó que “sería un pago triple en un caso específico”.

“Si el día feriado coincide con el día de descanso del trabajador, el pago sería triple. Imaginemos que su descanso es jueves, pero trabaja dicho día feriado. Recibiría un pago por su labor normal, un pago por trabajar en feriado y otro por laborar en su fecha de descanso”.

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