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Economía

Seguro Vida Ley tiene cobertura dentro y fuera del trabajo

Laboral. Póliza que será obligatoria desde el primer día brinda indemnización equivalente de hasta 32 remuneraciones en caso de muerte del trabajador.

Carlos Sánchez / CEO de Zölid Brokers
Carlos Sánchez / CEO de Zölid Brokers

Antes de que culmine el 2019, el Ejecutivo publicó un decreto de urgencia que estableció que las empresas están obligadas a contar con un seguro de vida para sus trabajadores desde el primer día de trabajo en la compañía y ya no a partir del cuarto año de vínculo laboral. Esta medida se tomó a raíz de un trágico accidente sucedido en McDonald’s a fines de diciembre, donde fallecieron dos jóvenes trabajadores.

Al respecto, Carlos Sánchez, CEO de Zölid Brokers, explicó que esta medida es muy importante, ya que este seguro no solo protege a la familia en caso de que el trabajador fallezca dentro del centro laboral, sino también en otras circunstancias o incluso por muerte terminal.

“El Seguro de Vida Ley no tiene limitación ni exclusión, lo cual es importante porque si el empresario contrata este seguro y resulta que la persona tenía una enfermedad terminal y muere por ello, la compañía no puede decir que no va a pagar porque la norma no admite exclusiones, salvo el suicidio durante los dos primeros años”, explicó Sánchez.

Agregó que dicho seguro lo paga la empresa, por lo que al trabajador no se le harán ningún descuento. El costo que representa en las empresas es en promedio hasta un 0,4% del valor de la planilla.

Asimismo, detalló que actualmente hay 1,2 millones de beneficiados con este seguro y se espera incorporar a 1,3 millones de trabajadores más con la aplicación de la norma, cuyo reglamento debe estar listo máximo este 11 de febrero.

Es importante resaltar que los practicantes no están cubiertos con este seguro, ya que es aplicable para los trabajadores en planilla. “El practicante tiene otro marco legal que es el Seguro de Formación Laboral Juvenil que garantiza los servicios de salud en caso de enfermedad o accidente”, indicó Sánchez.

Beneficios

Los beneficiarios recibirán una indemnización de 16 remuneraciones por muerte natural del asegurado. Mientras que se brindará el equivalente a 32 remuneraciones por muerte accidental o invalidez total y permanente.

Para ello, el trabajador debe entregar una declaratoria de beneficiarios en la cual debe incluir a sus dependientes directos como esposa, conviviente e hijos. “En caso no haya realizado este procedimiento, se tiene que determinar mediante una sucesión intestada quiénes son los herederos legales. Si el trabajador es soltero corresponde a sus ascendientes, padres o hermanos menores de 18 años”, acotó Carlos Sánchez.

Sanciones

El ejecutivo indicó que los empleadores están obligados a declarar dicha póliza ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. En caso la empresa no haya contratado el seguro de vida, los trabajadores podrán denunciar este hecho ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

La sanción que puede recibir la empresa por incumplir la norma es el cierre de la unidad productiva hasta por 30 días, además de realizar el pago a sus trabajadores mientras el local se mantenga cerrado.

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