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Economía

¿De qué trata el Proyecto de modificación del Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo?

En esta nota te enterarás a quiénes está dirigido, lo que se pretende regular y lo que sucederá en caso no se cumpla el convenio.

¿De qué trata el Proyecto de modificación del Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo?
¿De qué trata el Proyecto de modificación del Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo?

El Ministerio de Trabajo publicó hace unos días el Proyecto de modificación del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, por lo que Miranda & Amado Abogados nos brinda algunos detalles del tema.

Es importante saber que el proyecto está dirigido a las microempresas que cuenten con un máximo de 10 trabajadores, quienes alcanzan a tener el 90,6% de sus trabajadores en la informalidad (es decir, al menos 2 millones 882 mil 486 de trabajadores). En ese sentido, no tendrá impacto en las pequeñas, medianas y grandes empresas.

Asimismo, lo que se pretende es regular el convenio de formalización laboral que, a pedido de la microempresa y durante las actuaciones de fiscalización laboral (etapa de investigación), aquella podrá suscribir, por una sola vez, para subsanar las siguientes obligaciones laborales: registro en planilla electrónica; inscripción en la seguridad social; y, pago de remuneraciones y beneficios sociales, más intereses legales.

El convenio incluirá un cronograma de subsanación, cuya duración máxima será de 12 meses. Dependiendo del caso, también podrá incluir un compromiso de la microempresa de asistir a talleres de capacitación en formalización y normativa sociolaboral.

Con respecto a quienes suscriben el convenio de formalización, es la microempresa, el/la trabajador/a y la Autoridad Inspectiva de Trabajo (AIT), quien es el que detecta los incumplimientos.

La norma vigente que aún no está modificada permite celebrar un plan de formalización luego de que se emita la resolución de imposición de multa (en la etapa de sanción), el plan es potestad de la AIT (no del empleador), puede aplicarse a la micro y pequeña empresa, y el incumplimiento de plan se sanciona y se considera como infracción muy grave.

Cabe mencionar que hasta el 4 de diciembre de este año, el Ministerio de Trabajo recibirá comentarios y sugerencias de la ciudadanía en general y, posteriormente, evaluará el texto final del proyecto de modificación.

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