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Economía

Exportación de arroz queda exonerada de impuestos

Pleno agrario. Ejecutivo publicó dos nuevas leyes que favorecen al agro peruano y que se debatieron en el Congreso. Exportación no pagará IGV ni Impuesto Selectivo.

Exportación de arroz
Exportación de arroz

Por: Luz Alarcón C.

El Ejecutivo promulgó dos nuevas leyes que son fruto del debate que se llevó a cabo en el Congreso durante el Pleno Agrario.

La primera de ellas está relacionada con la exportación de arroz. Y es que a partir del 1 de agosto del presente año, las exportaciones de arroz pilado (para consumo) quedarán libres del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).

¿Cómo se concretará? La ley establece que el beneficio sobre los impuestos se dará mediante una devolución.

“Los sujetos del impuesto que realicen la exportación de los referidos bienes tendrán derecho a la devolución del Impuesto a la Venta de Arroz Pilado que se les hubiera aplicado”, indica la norma.

También se establece que las normas reglamentarias tiene un plazo de 60 días después de entrada en vigencia la ley para adecuarse a la disposición vigente. Esta deberá darse mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas.

Por otro lado, se aprobó la ley que promueve el acceso a la información sobre el origen de los alimentos en el etiquetado.

Dicha ley tiene por objeto promover el acceso a la información sobre el origen de los alimentos procesados. Del mismo modo, se señala que en la implementación de la norma, las autoridades nacionales competentes efectuarán las modificaciones legales que sean necesarias para el cumplimiento de la ley.

La ley publicada establece un plazo para la aprobación de las modificaciones de 120 días calendarios contados a partir de la publicación.

Claves

- Pleno Agrario. El Congreso aprobó el 14 de junio, en el Pleno Agrario, catorce iniciativas legislativas.

- Leyes. Las normas publicadas ayer llevan la firma del presidente Martín Vizcarra y del premier Salvador del Solar.

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