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La insólita multa que recibió el Barcelona por fichaje de Antoine Griezmann

El Atlético Madrid denunció al Barcelona por negociar con Antoine Griezmann y la Federación Española de fútbol emitió una inesperada sanción.

La juez única de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF), Carmen Pérez, impuso una multa de 300 euros al Barcelona por haber cometido “una infracción leve” del Código Disciplinario en el fichaje del delantero francés Antoine Griezmann, al que eximió de responsabilidad disciplinaria en el caso.

Según la juez, no ha quedado demostrado que el jugador firmara su contrato con el Barcelona durante el periodo prohibido por el Reglamento General de la RFEF (artículo 143) y los contactos entre el Barça, reconocidos por el propio club desde mayo de 2019, y el delantero se produjeron una vez que éste había manifestado su intención de dejar el Atlético Madrid.

“En este caso es evidente que el Club Atlético de Madrid conocía la intención del jugador de abandonar el club con bastante anticipación. No ha quedado acreditado en el presente expediente una secuencia formal diferente a la descrita. Por ello, no cabe atribuir responsabilidad disciplinaria al jugador por la comisión de una infracción, sea esta leve o grave, consistente en el incumplimiento de decisiones federativas”, se lee en el comunicado.

Pese a que el instructor del caso proponía bien una multa de 300 euros para el Barcelona -la normativa contempla hasta 602€- o bien la clausura del Camp Nou por un partido por incumplir el Código Disciplinario de la RFEF (art. 126), la juez de Competición entiende que debe imponerse una sanción económica en esa cuantía.

Barcelona - Antoine Griezmann

Barcelona - Antoine Griezmann

El caso Antoine Griezmann

El Atlético Madrid denunció al Barcelona ante la RFEF por iniciar las conversaciones con Antoine Griezmann cuando tenía contrato en vigor hasta 2022-23, sin comunicarlo al club rojiblanco, y por firmar el contrato durante un periodo que prohíbe el reglamento (artículo 143.2) -antes del periodo de seis meses de vigencia del contrato con el Atlético de Madrid-.

La resolución hecha pública este jueves por la RFEF es recurrible ante el Comité de Apelación en un plazo de diez días hábiles desde la comunicación de la misma.

Con información de EFE.

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