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¿Qué pasó con Cheese Tris y por qué será retirado del mercado?

Este producto de la marca Frito Lay es uno de los tres que serán retirados del mercado y de las ventas online en un plazo máximo de 30 días.

El proveedor de Cheese Tris habría incurrido en posibles incumplimientos al artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Foto: composición LR
El proveedor de Cheese Tris habría incurrido en posibles incumplimientos al artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Foto: composición LR

El artículo 6 del Decreto Supremo 033-2016-SA estipula que únicamente se le otorga la autorización correspondiente a los productos que no superen los 2g de ácidos grasos trans por 100 g o 100 ml de materia grasa de manera excepcional. Esta normativa rige para el caso de los productos que contengan grasas trans de origen tecnológico diferente de la hidrogenación parcial.

Sin embargo, Bimboletes marmoleado, de la marca Bimbo; Panetón con pasas y frutas confitadas, de la marca Bell’s, y Cheese Tris, de la marca Frito Lay, presentan una cantidad mayor a 2g por 100g de materia grasa. Cifra que obligó a Indecopi a ordenar el retiro de estos elementos en un plazo máximo de 30 días.

Perteneciente a la cartera de productos de la empresa Snacks América Latina S.R.L, se verificó que los famosos extruidos de maíz con sabor a queso mantequilla, Cheese Tris, de la marca Frito Lay, en su presentación de 39 g, presentaban un exceso de grasas trans que incumplía el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Cheese Tris todavía puede apelar a Indecopi

Indecopi informó que las empresas observadas se encuentran en plazo legal para formular sus descargos, así como para presentar su recurso de apelación contra la medida cautelar ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del organismo, última instancia administrativa de la institución.

Esta decisión se toma en amparo del artículo 123 del Código, en el cual se precisa que los procedimientos seguidos ante Indecopi tienen carácter público. En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor de la entidad se encuentran facultados para disponer la difusión de información relacionada siempre que lo consideren pertinente en “atención a los intereses de los consumidores afectados y no constituya violación de secretos comerciales o industriales”.

Antecedentes de Snacks América Latina

En 2005, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios denunció a la empresa Snacks América Latina por la infracción al principio de veracidad. Además de una multa de 15 UIT (entonces los montos de cobro eran otros), se ordenó el cese inmediato y definitivo del envase del producto Cheetos. Se precisó que el empaque no debía de tener afirmaciones como “Nuevo. ¡Con auténtico queso!”, “Full queso” y “Palitos de maíz con auténtico queso”. Ocurrió lo mismo con Doritos: se pidió precisar que no contaba con el derivado lácteo como insumo.

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