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¿Hay inmovilización este 1 de mayo por el Día del Trabajador?

Este sábado 1 de mayo se celebra el Día Internacional del Trabajo y es feriado nacional para los trabajadores del sector público y privado.

Medida busca detener el aumento de contagios que se viene registrando en las últimas semanas. Foto: La República
Medida busca detener el aumento de contagios que se viene registrando en las últimas semanas. Foto: La República

A pesar de ser día feriado, la ministra de Comercio Exterior y Turismo, Claudia Cornejo, manifestó en conferencia de prensa que no habrá inmovilización social obligatoria en el país.

“Quisiéramos reiterar que si bien es cierto es feriado, no se ha decretado inmovilización social y apelamos a su responsabilidad para trasladarse lo menos posible respetando las disposiciones vigentes”, señaló la representante del Mincetur. Por tal motivo, el Gobierno decretó una serie de medidas para controlar el avance de la pandemia de la COVID-19 este fin de semana.

Te contamos los detalles a continuación.

¿Habrá toque de queda por el Día del Trabajo?

Sí. En Lima y el Callao, este sábado 1 de mayo el toque de queda inicia a las 9.00 p. m. hasta las 4.00 a. m. del día siguiente (domingo).

¿El 1 de mayo habrá inmovilización?

El Gobierno declaró que no habrá inmovilización social obligatoria en el país el 1 de mayo.

¿Se puede salir el 1 de mayo por el Día del Trabajo?

Sí, pero a lo permitido, dentro del nivel de riesgo extremo en que se encuentra Lima Metropolitana y el Callao. Cabe precisar que los bancos, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias tienen un aforo del 40% .

Mientras que el transporte interprovincial terrestre funciona con un aforo del 50% al 100%, y el ingreso a las playas, templos y lugares de culto sigue suspendido.

¿Cuál es el horario del toque de queda?

Inicia a las 9.00 p. m. hasta las 4.00 a. m. del día siguiente (domingo).

¿Cuál es la multa por circular durante el toque de queda?

Por circular por la calle sin pase laboral la multa es de S/ 264. Circular con vehículo particular por motivos diferentes a los permitidos por el Decreto Supremo 046-2020-PCM, multa de S/ 352. Y transitar por la vía pública durante la inmovilización social obligatoria de los domingos (24 horas) una multa de S/ 396.

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