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Retiro AFP y CTS: ¿qué pasó con los proyectos y qué les falta para ser ley?

El Gobierno revisa los proyectos de ley de retiro de hasta 4 UIT de las AFP y de hasta 100% de la CTS. Conoce hasta cuándo podrá tomar la decisión el Ejecutivo.

Los proyectos de ley del retiro de AFP y CTS aún deben ser promulgados. Foto: Grupo La República
Los proyectos de ley del retiro de AFP y CTS aún deben ser promulgados. Foto: Grupo La República

A finales de marzo último, el Pleno del Congreso de la República aprobó por mayoría los proyectos de ley referidos al retiro de hasta 4 UIT de las cuentas individuales de capitalización de las AFP y a la liberación del 100% de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

Sin embargo, ambas iniciativas siguen sin ser leyes, pues aún no han sido promulgadas. En ese sentido, aún no hay un pronunciamiento definitivo del Poder Ejecutivo, quien tiene en su poder los proyectos. Por lo pronto, el titular del Ministerio de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, hizo pública su oposición a las dos propuestas.

Si te preguntas cuál es el plazo que tiene el Gobierno para pronunciarse y qué podría pasar con estos discutidos proyectos, aquí te lo explicamos.

¿Qué pasó con el retiro de AFP y CTS?

Los proyectos de ley del retiro de hasta 4 UIT de las AFP y de hasta el 100% de la CTS fueron aprobados por el Pleno del Congreso. No obstante, para convertirse en leyes, deben ser promulgados, por lo que fueron enviados al Poder Ejecutivo con dicho fin.

Dicha instancia aún debe tomar una decisión sobre las propuestas: puede optar por promulgarlas o por hacerles observaciones y devolverlas al Poder Legislativo. Incluso, podría no pronunciarse al respecto. En estos dos últimos escenarios, el destino de los proyectos pasaría a manos del Parlamento.

Los proyectos de ley de AFP y CTS fueron aprobados por el Pleno del Congreso. Foto: difusión

Los proyectos de ley de AFP y CTS fueron aprobados por el Pleno del Congreso. Foto: difusión

¿Cuándo se podrá retirar el dinero de la AFP y CTS?

Para que las personas puedan retirar hasta 4 UIT de su AFP y/o hasta el 100% de su Compensación de Tiempo de Servicios (CTS), primero deben esperar la promulgación de las normas por el presidente Francisco Sagasti. Si este decide no hacerlo o no se pronuncia a los 15 días de recibidos los proyectos, el Congreso podría encargarse de convertirlos en ley.

Una vez promulgadas, los organismos competentes deberán establecer los procedimientos para que las leyes puedan ejecutarse. Más adelante detallamos los plazos para este proceso en cada caso.

Retiro AFP y CTS: ¿qué pasó con los proyectos y qué les falta para ser ley?

Retiro AFP y CTS: ¿qué pasó con los proyectos y qué les falta para ser ley?

¿Hasta cuándo el Gobierno podrá observar o promulgar las leyes?

En horas de la tarde del 5 de abril, el Congreso entregó al Despacho Presidencial los proyectos de ley para el retiro de AFP y CTS. Tras esta fecha, el Gobierno tiene un plazo de 15 días para promulgar u observar las leyes. Dicho plazo llega a su fin este lunes 26 de abril.

¿Qué pasa si no se promulga el retiro de AFP y CTS?

Pueden ocurrir dos escenarios: que el presidente decida observar los proyectos de ley en su conjunto o en parte, o que no se pronuncie. En el primer caso, las propuestas regresarían al Congreso, donde pasarán por una reconsideración y luego podrían ser aprobadas por insistencia.

¿Qué pasa si no se observan el retiro de AFP y CTS?

En ese caso, existen dos opciones. Una sería que el presidente de la República decida promulgar los proyectos de AFP y CTS. De darse esto, ambas leyes entrarían en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano o dentro del plazo que señale la ley. El otro escenario es que el Gobierno elija no pronunciarse al respecto.

¿Qué pasa si no hay pronunciamiento sobre retiro de AFP y CTS?

Si el presidente de la República no se pronuncia sobre los proyectos de retiro hasta el 26 de abril, el presidente del Congreso o el presidente de la Comisión Permanente estarán facultados para promulgarlos por insistencia.

Retiro AFP y CTS: ¿qué pasó con los proyectos y qué les falta para ser ley?

Retiro AFP y CTS: ¿qué pasó con los proyectos y qué les falta para ser ley?

¿Qué dijo el Ministerio de Economía sobre el retiro de AFP y CTS?

El ministro de Economía, Waldo Mendoza, se mostró a favor de observar ambos proyectos de ley. “La primera ley está debilitando el sistema de pensiones y presumimos que la norma de retiros AFP tiene visos de inconstitucionalidad porque está afectando fondos de pensiones que son intangibles”, aseguró.

“Confiamos que la sensatez de los pensionistas y de los trabajadores supere la insensatez de estas normas. El MEF va a proponer la observación de estas leyes por ser malas y en parte inconstitucionales, pero es una decisión colectiva del Consejo de Ministros que tenemos que discutirlas”, indicó el titular de la cartera.

Luego de este pronunciamiento, el presidente Francisco Sagasti afirmó que, si bien tomarán en cuenta la postura del MEF, esta será examinada por el Consejo de Ministros. “La decisión es colectiva. La última instancia para esta decisión es el presidente de la República”, sostuvo.

El ministro de Economía, Waldo Mendoza, se mostró opuesto a los proyectos de ley de retiro. Foto: La República

El ministro de Economía, Waldo Mendoza, se mostró opuesto a los proyectos de ley de retiro. Foto: La República

¿Cómo sacar mis fondos si el retiro de AFP y CTS es promulgado?

Retiro de la AFP

Si se promulga el retiro de los fondos de pensiones, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tendrá 15 días más para establecer el proceso operativo que deberán seguir las Administradoras de Fondos en la entrega de los montos establecida por ley.

Retiro de la CTS

De promulgarse el retiro de la CTS, el Poder Ejecutivo deberá publicar en un plazo de 10 días las disposiciones reglamentarias para que las y los trabajadores accedan a este beneficio.

Info AFP y CTS

Info AFP y CTS

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