Fonavi 2024: ¿a partir de qué fecha los herederos de exaportantes fallecidos podrán cobrar?
Luis Luzuriaga, presidente de la Comisión Ad Hoc, reveló la fecha en la que los herederos de los exaportantes al Fonavi podrían acceder a la devolución de sus aportes.
El proceso de devolución a los ciudadanos que aportaron extinto Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) continúa su curso. Desde el jueves 25 de abril, los jubilados que pertenecen al grupo Reintegro N° 1, conformado por afiliados de las listas 1 a la 19, pueden acercarse a las agencias del Banco de la Nación para recibir su dinero.
En total, son más de 40.000 exaportantes los que ya cobraron este nuevo pago y aún restan más de 100.000 fonavistas del total del padrón de beneficiarios que está consignado en la Resolución Administrativa N° 001-2024/CAH-Ley 29625. Dentro de este grupo, se ha priorizado el pago a mayores de 80 años, a las personas con discapacidad y a quienes tienen alguna enfermedad terminal. ¿Qué pasará con los herederos de los jubilados fallecidos que se quedaron fuera del padrón? Conoce la respuesta en la siguiente nota.
Fonavi 2024: ¿en qué fecha cobrarán los herederos de los exportantes fallecidos?
Según las declaraciones del presidente de la Comisión Ad Hoc del Fonavi , Luis Luzuriaga, los herederos de los fonavistas fallecidos no forman parte del Grupo Reintegro N°1, cuyos integrantes ya iniciaron el cobro de la devolución de sus aportes en abril. Ellos conformarán un segundo grupo que reunirá alrededor de 400.000 exaportantes.
"La lista de los herederos de los fonavistas fallecidos sale en un segundo momento que será a partir de junio. Ahora, solo están cobrando aquellas personas que tienen más de 80 años, los que están en Conadis, los que tienen pensión de invalidez por la ONP y los fonavistas que padecen una enfermedad grave. Son 15.000 de los 153.000 que están en situación de priorizados"; sostuvo el dirigente en Canal N.
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¿Quiénes son considerados como herederos para cobrar la devolución del Fonavi?
Según el artículo 37 del Decreto Supremo 280-2023-EF, el orden de los familiares habilitados para cobrar el dinero asignado al aportante fallecido es el siguiente:
- El cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho, hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis.
- Los hijos mayores de edad.
- Los padres.
- Los hermanos.
- A falta de las personas indicadas precedentemente, la devolución corresponde a quienes acrediten ser deudos del fonavista fallecido mediante sucesión intestada o testamentaria.
Fonavi 2024: ¿cómo acreditarse como heredero de un familiar fallecido?
Las personas que busquen acreditarse como deudos de un fonavista fallecido deberán redactar una declaración jurada y acercarse a las oficinas del Banco de la Nación con estos documentos:
- Partida de defunción del fonavista fallecido, incorporado al padrón de pago de fonavistas beneficiarios
- Partida de Matrimonio o constancia de inscripción de la unión de hecho, en caso el solicitante sea cónyuge supérstite o integrante de la unión de hecho
- La partida de nacimiento, en caso los solicitantes sean los hijos
- La partida de nacimiento del fonavista fallecido, en caso los solicitantes sean los padres
- Partida de nacimiento de los solicitantes y del fonavista beneficiario fallecido, en caso los solicitantes sean los hermanos.
- La sucesión Intestada o testamento, en caso fueran otros deudos
- Documento en el que conste la discapacidad total permanente, emitida por el Conadis, para los casos de hijos con discapacidad total permanente.
¿Qué fonavistas vienen cobrando en el Banco de la Nación?
- Grupos de pago del 1 al 19: exaportantes de listas anteriores que resultaron beneficiarios, pero no lograron cobrar por diversas razones.
- Grupo de pago 20: fonavistas que superaron los 60 años de edad, personas con discapacidad inscritas en el Conadis, aquellos que padecen enfermedades terminales y los herederos.
- Primer Grupo de Reintegro: exaportantes pertenecientes a la listas 1 a 19, las cuales están integradas por más de 153 mil ciudadanos mayores de 80 años en adelante . Es decir, quienes han cobrado anteriormente un monto de sus aportes.
¿Qué es el Fonavi?
El Fonavi, o Fondo Nacional de Vivienda, fue un sistema implementado en Perú para recaudar fondos destinados a proyectos de vivienda social. Esta iniciativa buscaba ayudar a los ciudadanos de menores recursos a acceder a viviendas adecuadas y asequibles.